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1. El Pleno con los votos a favor de PP, PSOE y la Concejala no adscrita y los votos en contra de AVB y UIUP Aprobó Inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Nº 01 (IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES).
Por parte de AVB el voto en contra se justifica, porque:
Una vez verificado que los vecinos que ya disfrutan de la bonificación, no la perderán, nos preocupaban los siguientes aspectos:
La disminución del porcentaje de bonificación de un 50% a un 10%, posiblemente, disminuirá el interés de los vecinos por este tipo de inversión, provocando dificultades en el cumplimiento de la Agenda 2030.
Ojalá todos los vecinos cambiaran a energías renovables y se pudiera hacer una contratación más flexible con las empresas que gestionan la electricidad en España.
Creemos que han olvidado en esta modificación, la inclusión del artículo 3.m del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, en lo referente al Autoconsumo Colectivo que podría afectar a perfiles de consumidores con menor poder adquisitivo.
En dicho apartado se dice:
m) Autoconsumo colectivo: Se dice que un sujeto consumidor participa en un autoconsumo colectivo cuando pertenece a un grupo de varios consumidores que se alimentan, de forma acordada, de energía eléctrica que proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos.
El autoconsumo colectivo podrá pertenecer a cualquiera de las modalidades de autoconsumo definidas en el artículo 4 cuando este se realice entre instalaciones próximas de red interior.
Asimismo, el autoconsumo colectivo podrá pertenecer a cualquiera de las modalidades de autoconsumo con excedentes definidas en el artículo 4 cuando este se realice entre instalaciones próximas a través de la red.
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2. El Pleno por unanimidad Aprobó Inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Nº 08 (TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS)
Por parte de AVB se manifestó:
No estamos nada seguros de que el tema que pretenden incluir correspondan con la Expedición de Documentos Administrativos, pero en cualquier caso podrían realizarlo en una Ordenanza a parte, de manera que no haya que incluirlo en las Bases para la Selección de los distintos puestos de trabajo.
En el informe técnico-económico, página 11 del expediente, dice:
c) Proceso selección personal grupos C, con una concurrencia de 100 aspirantes.
Cuota x número solicitudes = total ingresos
30€ X 50= 1.500,00 €
20 € x 50= 1.000,00 €
Total: 2.500,00 €
pero debería estar calculado para 150 aspirantes. En ese caso sería:
c) Proceso selección personal grupos C, con una concurrencia de 100 aspirantes.
Cuota x número solicitudes = total ingresos
30€ X 50= 1.500,00 €
20 € x 100= 2.000,00 €
Total: 3.500,00 €
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3. El Pleno con los votos a favor de PP, PSOE y la Concejala no adscrita y los votos en contra de AVB y UIUP Aprobó Inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Nº 09 (TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PROMOCIÓN DEPORTIVA).
Por parte de AVB el voto en contra se justifica, porque:
Parece razonable el incremento en base al costo de la electricidad. No entendemos porqué no se ha incrementado el coste de la Piscina, que requiere electricidad, así mismo.
Por otra parte la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV), publicada por el INE, viene a afirmar que:
Renta media por persona según edad
La renta anual neta media por persona del hogar sin distinción de edad es ligeramente superior en los hombres según los resultados de la ECV 2020. En los hombres el valor más alto de renta media por persona corresponde al intervalo de edad de 65 y más años (14.484 euros) y en segundo lugar al intervalo de 45 a 64 años (13.769 euros).
En mujeres el valor más alto según la ECV 2020 corresponde al intervalo de 65 y más años (13.856 euros) y el segundo lugar al intervalo de 45 a 64 años (13.486 euros).
Así mismo y revisando la constitución española en su artículo 31, dice:
Artículo 31. 1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. 2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía. 3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.
Entendemos que con estos datos aplicar bonificaciones, con carácter general, por ser mayor de 65 años, en cualquier tasa es poco apropiado.
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4. El Pleno con los votos a favor de PP, PSOE, AVB y la Concejala no adscrita y la abstención de UIUP Aprobó Inicialmente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Nº 26 (ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN).
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
Consideramos que son temas encaminados a garantizar y realizar de forma correcta el cobro de los compromisos adquiridos por el vecindario.
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5. El Pleno por unanimidad Aprobó la Solicitud de Ocupación Helipuerto.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
Entendemos que debe permanecer el permiso otorgado anteriormente.
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6. El Pleno por unanimidad Aprobó la Firma del Convenio con el CECOM.
Por parte de AVB se solicitó respuesta a:
El CECOM es una de las iniciativas recogidas en la Estrategia de Seguridad Integral de la Comunidad de Madrid (ESICAM179), como unidad de apoyo de la Viceconsejería de Interior y Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, para coordinar la información y participación municipal en materia de seguridad y protección civil. Los ayuntamientos pueden participar de dos maneras:
Integrando al municipio en el CECOM: de esta forma el municipio podría utilizar los servicios del CECOM y colaborar de forma más estrecha con la Comunidad de Madrid.
Integrando al municipio e incorporando agentes de policía local al CECOM: de esta forma no sólo accedería a los servicios del CECOM y a colaborar de forma más estrecha con la Comunidad de Madrid, sino que también podría incorporar agentes de policía local al CECOM, donde desempeñarían su labor en beneficio de la coordinación de todos. Esta incorporación llevaría aparejada una compensación económica al Ayuntamiento que opte por esta opción, por las retribuciones de los agentes incorporados, hasta un límite de 40.000 euros anuales por agente.
El Convenio se establece mediante la primera alternativa, dado que para la segunda debería existir acuerdo por parte de los agentes para ser incorporados al CECOM.
Preguntamos en el pleno si se ha explorado con los Agentes de Policía Local la posible integración mediante la segunda modalidad.
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7. El Pleno por unanimidad Aprobó la Adhesión a la Mancomunidad del Noroeste de La Cabrera.
Por parte de AVB se manifestó que este tipo de asunto se aclaró hace ya tiempo y el Equipo de Gobierno cuenta con su voto a favor.
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8. El Pleno por unanimidad Aprobó la Adhesión al Sistema de Contratación Centralizada Estatal.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
La centralización de la contratación genera ahorros que se derivan del aumento de la concurrencia como consecuencia de las mayores expectativas de ventas de los licitadores, y de las economías de escala surgidas de la agregación de demanda. Además, los ahorros derivados de la contratación centralizada, al responder a mejoras de eficiencia, no afectan a la calidad de la prestación.
Pero no solo se producen ahorros de naturaleza económica, sino que también se generan “otros tipos de ahorros” que resultan igualmente relevantes, como son los derivados de la reducción de trámites y de cargas administrativas. Las entidades que participan en el Sistema Estatal de Contratación Centralizada ven reducida, ostensiblemente, la carga derivada de la tramitación de sus contratos, así como los plazos de tramitación. Del mismo modo, las empresas interesadas en la prestación de un servicio o suministro ven simplificada su participación en las licitaciones.
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9. El Pleno por unanimidad Aprobó la Adhesión a la Junta Central de Compras de la Comunidad Madrid.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque la Junta Central de Compras de la Comunidad de Madrid es el órgano colegiado entre cuyas funciones destaca la de proponer al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo la uniformidad de los bienes y servicios de utilización común, su contratación de forma centralizada y los procedimientos para llevarla a cabo.
Las unidades y centros de la Comunidad de Madrid adquieren los bienes y servicios a los proveedores que hayan resultado adjudicatarios de los acuerdos marco celebrados por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo como órgano centralizador.
Asimismo, pueden adquirir productos y servicios catalogados por la Junta de Contratación Centralizada (Ministerio de Hacienda y Función Pública), puesto que la Comunidad de Madrid está adherida al sistema estatal de contratación centralizada.
En el área de descargas es posible consultar las peticiones tramitadas en los tres últimos años de los que hay datos disponibles, de suministros y servicios homologados por la Junta Central de Compras de la Comunidad de Madrid y catalogados por la Central de Contratación del Estado. La posible exclusividad de contratación hace referencia a temas que no parecen ser de utilidad para nuestro municipio (Renting de Vehículos).
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10. El Pleno por unanimidad Aprobó la Solicitud del Gasto Corriente correspondiente al PIR 2022.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
En el Pleno del 23 de julio de 2021, se decidió solicitar dicho gasto corriente para hacer frente a las obligaciones con el Arzobispado.
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11. (URGENCIA). El Pleno por unanimidad aprobó la inclusión cómo Urgente de un punto más de carácter dispositivo para tratar el Cambio de fechas de los Plenos de junio y julio.
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11. El Pleno con los votos a favor de PP, PSOE, AVB y la Concejala no adscrita y el voto en contra de UIUP aprobó el Cambio de fechas de los Plenos de junio y julio.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
Entiende que la baja de la actual Secretaria y la incorporación de la que trabajará mediante acumulación, durante su baja, pueden producir este tipo de efectos.
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12. (URGENCIA). El Pleno con los votos a favor de PP y PSOE y los votos en contra de AVB, UIUP y la Concejala no adscrita aprobó la inclusión cómo Urgente de un punto más de carácter dispositivo para tratar la aprobación del Contrato del Coto de Caza.
Por parte de AVB el voto en contra se justifica, porque:
Entiende que no existe tal urgencia para este punto y podría haber sido incluido en otro Pleno. Considera así mismo una falta de respeto al normal funcionamiento del Pleno recibir la documentación de un punto en la misma mañana del Pleno Municipal.
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12. El Pleno con los votos a favor de PP y PSOE y los votos en contra de AVB, UIUP y la Concejala no adscrita aprobó el Contrato del Coto de Caza.
Por parte de AVB el voto en contra se justifica, porque:
No se ha recibido la documentación en tiempo y forma para poder tomar postura de forma adecuada.
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13. (URGENCIA). El Pleno con los votos a favor de AVB, UIUP y la Concejala no adscrita, la abstención del PSOE y el voto en contra del PP rechazó la inclusión cómo Urgente de una moción presentada por UIUP con “Las Medidas para poder hacer uso de los Autobuses cuando se llevan Maletas, Carros de la Compra u otros bultos”.
Por parte de AVB el voto a favor se justifica, porque:
Entiende que es bueno para el vecindario que se solucionen los problemas que afectan al derecho a la movilidad de todas las personas.